Código de Ética Editorial

Presentación

La integridad científica y la transparencia en los procesos de publicación académica constituyen condiciones indispensables para la generación y difusión del conocimiento. La Universidad Autónoma de Sinaloa (UAS), comprometida con la excelencia académica y el rigor intelectual en todas sus áreas del conocimiento, adopta como marco normativo general los principios establecidos en su propio Código de Ética Institucional, los cuales exhortan a la comunidad universitaria a conducirse con honestidad, responsabilidad y transparencia en el ejercicio de sus actividades profesionales y académicas.

En congruencia con ese compromiso, el presente Código de Ética Editorial (en adelante, el Código) establece los principios y procedimientos que han de regir la conducta de todas las personas involucradas en el proceso de recepción, evaluación, edición y publicación de los trabajos que difunde esta revista. Su fundamento normativo internacional descansa en las directrices del Committee on Publication Ethics (COPE), organismo de referencia mundial en materia de ética de la publicación científica, cuyos estándares orientan las prácticas editoriales responsables en revistas académicas de todas las disciplinas.

El Código no pretende sustituir el juicio de las personas que integran la comunidad editorial, sino orientar su actuación hacia estándares verificables de probidad, equidad y rigor. Su adopción es condición necesaria para que la revista mantenga la confianza de la comunidad académica y contribuya al avance del conocimiento desde los más altos niveles de integridad.

Estructura del Código

El presente Código se organiza en los siguientes capítulos:

  1. Ámbito de aplicación
    II. Finalidades
    III. Sujetos destinatarios
    IV. Principios de ética editorial
    V. Proceso de evaluación y publicación
    VI. Gestión de conductas no éticas
  2. Uso ético e íntegro de inteligencia artificial

Capítulo I

Ámbito de aplicación

 Las disposiciones de este Código son de observancia obligatoria para todas las personas que participan, en cualquier etapa, en los procesos de recepción, evaluación por pares, edición, corrección y publicación de los trabajos académicos que difunde esta revista bajo el sello editorial de la Universidad Autónoma de Sinaloa. Su ámbito de aplicación comprende tanto al personal editorial interno como a los colaboradores externos, incluyendo a quienes someten manuscritos para su consideración.

Capítulo II

Finalidades

 El presente Código tiene las siguientes finalidades:

  1. Establecer los principios éticos que orientan la conducta de todas las personas involucradas en el proceso editorial de la revista, independientemente de su disciplina, área temática o adscripción institucional.
  2. Promover prácticas de publicación responsables, equitativas y transparentes, alineadas con los estándares internacionales del COPE y con el Código de Ética de la Universidad Autónoma de Sinaloa.
  3. Proteger la integridad de los procesos de evaluación por pares y garantizar que las decisiones editoriales se sustenten exclusivamente en criterios académicos.
  4. Prevenir y sancionar conductas no éticas tales como el plagio, la fabricación o falsificación de datos, la autoría ficticia, la publicación duplicada y los conflictos de interés no declarados.
  5. Establecer mecanismos claros para la gestión de quejas, correcciones y retractaciones, conforme a los protocolos del COPE.

Capítulo III

Sujetos destinatarios

El Código se dirige a todas las personas que intervienen en el proceso editorial de la revista. A continuación, se describen los roles principales:

 Autor: toda persona física que haya contribuido intelectualmente de manera sustantiva a la concepción, desarrollo, análisis o redacción del trabajo sometido a publicación, conforme a los criterios de autoría establecidos por el COPE.

Editor en jefe: responsable de dirigir, supervisar y garantizar la calidad académica y ética del proceso editorial en su conjunto. Representa la máxima autoridad en las decisiones de publicación. 

Consejo editorial: responsable del seguimiento y desarrollo de las etapas de evaluación por pares. Proponen temáticas de números especiales, evalúan colaboraciones y editores invitados, señala recomen daciones. 

Editores Invitados: académicos que fungen como editores en un número especial de la revista, proponen un número temático, que vaya acorde a su especialidad y promueven la participación en sus redes académicas. 

Comité Científico: órgano colegiado que diseña y orienta la política editorial de la revista. Le corresponde aprobar los lineamientos generales, resolver controversias de orden editorial y respaldar al editor en jefe en situaciones que requieran deliberación colectiva.

Evaluador par: especialista externo que evalúa de manera confidencial la calidad metodológica, la originalidad y la relevancia académica de los manuscritos sometidos a revisión por pares.

Equipo técnico editorial. personal que participa en las tareas técnicas del proceso editorial: corrección de estilo, maquetación, gestión de metadatos, diagramación y soporte de OJS.

Capítulo IV:

Principios de ética editorial

Artículo 1. Responsabilidad

La responsabilidad editorial implica asumir las consecuencias de las decisiones tomadas en el proceso de publicación, garantizar la calidad del material publicado y actuar con prontitud ante cualquier irregularidad detectada.

Obligaciones del editor en jefe y del Consejo Editorial:

  1. Tomar decisiones de aceptación o rechazo basadas exclusivamente en la relevancia académica, la originalidad, la claridad expositiva y la pertinencia del trabajo en relación con el alcance de la revista, sin atender a criterios ajenos al mérito científico.
  2. Difundir con claridad los criterios de evaluación y los lineamientos editoriales de la revista, haciéndolos accesibles a autores desde el momento del envío.
  3. Estar dispuesto a publicar correcciones, aclaraciones, retractaciones o disculpas cuando se detecten errores o conductas no éticas en trabajos ya publicados, siguiendo los protocolos del COPE.
  4. Actuar con celeridad ante cualquier inexactitud significativa, información engañosa o conducta no ética identificada en un manuscrito en proceso o en un artículo publicado.
  5. Remitir al Comité editorial los casos que lo requieran, conforme a los procedimientos institucionales establecidos.

Obligaciones de autores:

  1. Declarar cualquier conflicto de interés, ya sea de naturaleza financiera o de otro tipo, que pudiera influir en los resultados o la interpretación del trabajo. Las fuentes de financiamiento del proyecto deben indicarse de forma explícita.
  2. Notificar de inmediato al editor en jefe cuando se detecte un error significativo en un trabajo propio ya publicado, y colaborar activamente en su corrección o retractación.
  3. Cumplir con los lineamientos editoriales de la revista en cuanto a formato, extensión y estilo de citación.

 Obligaciones de los evaluadores par:

  1. Notificar al editor en jefe la existencia de cualquier conflicto de interés con respecto al manuscrito asignado, antes de iniciar la evaluación, y declinar la revisión si dicho conflicto no puede resolverse.
  2. Comunicar con oportunidad si no se cuenta con la especialización suficiente para evaluar el trabajo asignado o si no es posible completar la revisión en el plazo establecido.
  3. Informar al editor en jefe de cualquier indicio que, en su criterio, justifique el rechazo inmediato del manuscrito, incluyendo sospechas fundadas de plagio, fabricación de datos o publicación previa.
  4. Evaluar el contenido intelectual del manuscrito con objetividad y argumentar cada observación mediante criterios académicos verificables.

Artículo 2. Probidad

La probidad exige que todas las personas involucradas en el proceso editorial actúen con rectitud, honradez e imparcialidad, sin perseguir beneficio personal ni causar perjuicio a terceros en el ejercicio de sus funciones.

 Obligaciones del Editor en jefe y del Consejo Editorial:

  1. Rechazar los manuscritos en los que existan indicios fundados de conducta no ética. El rechazo se aplica de igual forma a trabajos inéditos y a aquellos previamente publicados cuando se identifique una irregularidad. Antes de adoptar una decisión definitiva, el editor en jefe deberá dar oportunidad de respuesta a las personas implicadas; si la respuesta no resulta satisfactoria, promoverá la investigación ante la instancia competente.
  2. No tolerar el plagio en ninguna de sus formas —incluyendo el autoplagio, el plagio de ideas y el plagio de texto— ni ninguna otra conducta contraria a la integridad científica.

Obligaciones de autores:

  1. Garantizar que el trabajo sometido a publicación es original, es producto del trabajo intelectual de las personas firmantes, y no ha sido publicado previamente ni está siendo evaluado simultáneamente en otra revista u obra editorial, en ningún idioma ni formato. Se considerará que un trabajo ha sido previamente publicado cuando: el texto completo haya sido difundido en cualquier medio impreso o electrónico; fragmentos extensos del manuscrito formen parte de obras publicadas anteriormente; o el trabajo figure íntegramente en memorias de congresos u otras publicaciones de acceso público. Las versiones inéditas traducidas a otro idioma se considerarán trabajos originales.
  2. Citar correctamente todas las fuentes utilizadas, incluyendo las propias obras previamente publicadas, respetando los derechos de propiedad intelectual de terceros.
  3. Incluir únicamente como coautores a quienes hayan realizado contribuciones sustantivas al trabajo, conforme a los criterios establecidos en la Taxonomía de roles de los colaboradores (CRediT) descrito en las directrices para autores. Todos los coautores deben haber aprobado la versión final del manuscrito y haber acordado su presentación para publicación.
  4. Presentar una declaración escrita en la que se garantice la originalidad del trabajo, la propiedad intelectual sobre los contenidos propios y el respeto a los derechos de terceros sobre materiales reproducidos con autorización.

Obligaciones de los evaluadores par:

  1. No utilizar la información privilegiada, los datos inéditos o las ideas obtenidas a través del proceso de revisión por pares para beneficio personal, ni compartir el contenido del manuscrito con terceros sin autorización expresa del editor o editora en jefe.
  2. Conducirse con objetividad en la evaluación. Toda crítica debe dirigirse al contenido académico del trabajo y expresarse con argumentos fundados; la crítica personal al autor o autora es inapropiada e inadmisible.

Artículo 3. Transparencia

La transparencia implica dar publicidad adecuada a los procesos editoriales, ofrecer información clara y oportuna a los autores sobre el estado de sus manuscritos, y justificar las decisiones adoptadas en el marco del proceso de evaluación y publicación.

Para garantizar la transparencia, el comité editorial deberá:

  1. Publicar y mantener actualizados los criterios de evaluación, las directrices para autores, y los procedimientos editoriales de la revista.
  2. Comunicar a los autores, en un plazo razonable, la fase del proceso editorial en que se encuentra su manuscrito, así como el resultado de la evaluación con la justificación correspondiente.
  3. Responder de manera oportuna y documentada a las quejas, consultas o apelaciones presentadas por autores, ofreciendo en todos los casos una resolución fundamentada.
  4. Notificar cualquier cambio en los criterios o procedimientos editoriales, así como las razones que lo motivan.
  5. Hacer constar en los artículos publicados la fecha de recepción, la fecha de aceptación y, cuando proceda, el historial de correcciones o retractaciones.

Artículo 4. Confidencialidad

La confidencialidad protege la información generada durante el proceso editorial y salvaguarda la identidad de las personas implicadas en la evaluación por pares, garantizando la imparcialidad del proceso.

Para preservar la confidencialidad, todas las personas involucradas en el proceso editorial deberán:

  1. Tratar como información reservada todo el contenido relativo a los manuscritos en proceso de evaluación, incluyendo su existencia, su contenido y el resultado del dictamen.
  2. Garantizar el anonimato de doble ciego en el proceso de revisión por pares: la identidad de los autores no será revelada a las personas dictaminadoras, ni la identidad de estas últimas será comunicada a los autores en ninguna etapa del proceso.
  3. No divulgar información sobre ningún manuscrito recibido a personas ajenas al proceso editorial, salvo a quienes participen directamente en su evaluación o edición.
  4. Abstenerse de utilizar materiales inéditos conocidos a través del proceso de revisión para fines de investigación personal o de cualquier otro beneficio, sin el consentimiento expreso y por escrito del autor correspondiente.

Artículo 5. Equidad e inclusión

Las decisiones editoriales se adoptarán sin discriminación por motivos de género, origen étnico o nacional, afiliación institucional, país de procedencia, lengua de redacción original, orientación ideológica o cualquier otra condición ajena al mérito académico del trabajo. La revista garantiza que sus procedimientos de evaluación y selección son equitativos y accesibles para autores de distintas trayectorias y contextos institucionales.

Capítulo V

Proceso de evaluación y publicación

Artículo 6. Recepción y revisión editorial inicial

Todo manuscrito recibido será sometido a una revisión editorial preliminar por parte del editor en jefe, quien determinará si el trabajo cumple con los criterios formales establecidos en los lineamientos de la revista y si su contenido resulta pertinente para su alcance temático. Esta revisión tiene una duración aproximada de una semana. Los manuscritos que no superen esta etapa serán devueltos a sus autores con una explicación de las razones del rechazo.

Artículo 7. Evaluación por pares

Los manuscritos que superen la revisión editorial inicial serán sometidos a un proceso de evaluación por pares a doble ciego. Cada manuscrito será asignado a dos personas evaluadoras con experiencia acreditada en el área temática del trabajo. El plazo de evaluación es de aproximadamente de seis a ocho semanas, sujeto a ajuste según la extensión y complejidad del manuscrito. Los posibles resultados de la evaluación son: aceptado sin modificaciones, aceptado con modificaciones menores, aceptado con modificaciones mayores y rechazado. En el caso de dictámenes contradictorios entre las dos personas evaluadoras, el editor en jefe podrá solicitar una tercera opinión.

Artículo 8. Correcciones por parte de autores

Cuando el resultado de la evaluación sea aceptado con modificaciones menores o mayores, las observaciones y sugerencias de las personas dictaminadoras serán remitidas a los autores, quienes dispondrán de un plazo de quince días naturales para correcciones menores y treinta días para correcciones mayores, posterior a ello, se deberá presentar la versión revisada del manuscrito. Junto con la versión corregida, deberán acompañar una carta de respuesta en la que detallen los cambios realizados o, en su caso, justifiquen razonadamente la no incorporación de alguna observación.

Artículo 9. Decisión final y publicación

La aceptación definitiva de un manuscrito corresponde al editor en jefe, quien contará con el respaldo del Comité Editorial para los casos que así lo requieran. Una vez aceptado, el artículo se incorporará al número que determine el equipo editorial conforme a la planificación de la revista.

Artículo 10. Corrección de estilo y edición final

Antes de su publicación, todos los artículos aceptados serán sometidos a un proceso de corrección de estilo y edición técnica. Esta labor la realiza el equipo editorial de la revista. El proceso de edición de cada número tiene una duración variable, dependiendo de la extensión y el número de trabajos incluidos.

Capítulo VI

Gestión de conductas no éticas

Artículo 11. Detección e investigación

Cuando se detecte una posible conducta no ética, ya sea durante el proceso de evaluación o con posterioridad a la publicación de un trabajo, el editor en jefe dará inicio a un proceso de investigación interna conforme a los protocolos del COPE. En dicho proceso se garantizará el derecho de las personas implicadas a presentar su versión de los hechos antes de que se adopte cualquier decisión.

Artículo 12. Medidas aplicables

Las medidas ante conductas no éticas debidamente acreditadas podrán incluir, de forma no excluyente entre sí:

  1. a) Rechazo inmediato del manuscrito en cuestión.
  2. b) Retractación del artículo publicado mediante nota pública debidamente fundamentada.
  3. c) Notificación formal a la institución de adscripción de la persona implicada.
  4. d) Inhabilitación temporal o permanente para publicar en la revista.
  5. e) Comunicación del caso a otras revistas del repositorio institucional de Revistas Científicas de la Universidad Autónoma de Sinaloa.

La gravedad de la conducta y las circunstancias del caso determinarán cuáles de estas medidas se aplican. En todos los casos, la decisión del Comité Editorial se notificará por escrito a las personas implicadas.

Artículo 13. Correcciones y retractaciones

Cuando se detecte un error significativo en un artículo publicado, la revista publicará una corrección o fe de erratas con la mayor prontitud posible. Si se acredita la existencia de datos fabricados, resultados falsificados, plagio o cualquier otra violación grave a la integridad científica, se procederá a la retractación formal del artículo, conforme a las directrices del COPE. La versión retractada permanecerá accesible en el repositorio, con indicación clara de su condición.

Capítulo VII

Uso ético e íntegro de inteligencia artificial

Esta revista reconoce los Principios de Chapultepec. Declaración de ética y buenas prácticas para el uso y desarrollo de la Inteligencia Artificial como marco normativo orientador. Las disposiciones de este capítulo se aplican a autores, evaluadores par, integrantes del equipo editorial y de los órganos colegiados de la revista.

Artículo 14. Responsabilidad humana en el uso de IA

  1. El uso de herramientas de inteligencia artificial en cualquier etapa del proceso de investigación, redacción, revisión o gestión editorial no exime a las personas involucradas de su responsabilidad intelectual, académica y ética sobre el trabajo producido o las decisiones adoptadas. La IA no sustituye la autoría intelectual, el criterio académico, la revisión por pares ni la decisión editorial.
  2. Los autores son responsables del contenido final de sus manuscritos en su totalidad, incluidos los elementos generados, asistidos o revisados con apoyo de herramientas de IA: ideas, argumentos, datos, citas, referencias, imágenes, traducciones, análisis y conclusiones.
  3. El equipo editorial y los evaluadores par conservan plena responsabilidad sobre sus dictámenes, recomendaciones y decisiones. Ninguna decisión editorial puede quedar exclusivamente en manos de sistemas automatizados.

Artículo 15. Declaración de uso de inteligencia artificial

  1. Cuando se haya empleado inteligencia artificial de manera significativa en la elaboración de un manuscrito, los autores deberán declararlo de forma clara dentro del texto, en el espacio que determine la revista: nota metodológica, sección de agradecimientos, declaración final u otro apartado específico.
  2. La declaración indicará, según corresponda, el tipo de herramienta utilizada, la finalidad de uso y el alcance de su intervención. Los usos declarables incluyen, entre otros: corrección de estilo, traducción, organización de ideas, análisis de datos, generación de imágenes, procesamiento de información, búsqueda bibliográfica preliminar y asistencia en redacción.
  3. El uso de IA no declarado, cuando haya influido sustancialmente en la producción del manuscrito, se considerará una falta de transparencia editorial y podrá derivar en las medidas previstas en el Artículo 12 de este Código.

Artículo 16. Integridad académica y límites del uso de IA

  1. No se permitirá el uso de inteligencia artificial para fabricar, falsificar o manipular datos, citas, resultados, imágenes, fuentes bibliográficas, dictámenes, identidades, autorías o evidencias de investigación.
  2. Tampoco se permitirá el uso de IA para generar contenido engañoso, desinformación, plagio, paráfrasis encubierta de obras ajenas, suplantación de autoría o cualquier práctica contraria a la integridad académica y científica.
  3. Las herramientas de IA podrán emplearse como apoyo, pero no como sustituto del pensamiento crítico, la interpretación disciplinar, la argumentación académica, la revisión documental rigurosa ni la responsabilidad ética de quienes participan en el proceso de publicación.

Artículo 17. Explicabilidad y verificabilidad

  1. Todo contenido producido con apoyo de inteligencia artificial deberá poder ser revisado, explicado y verificado por las personas responsables del manuscrito o del proceso editorial.
  2. Cuando la IA se utilice para análisis de datos, clasificación de información, generación de resultados, elaboración de imágenes o asistencia metodológica, los autores proporcionarán información suficiente para que el procedimiento pueda ser comprendido y evaluado académicamente. Si un resultado o procedimiento asistido por IA no puede explicarse de manera razonable, no se presentará como evidencia académica concluyente.

Artículo 18. Uso de IA en la revisión por pares y la gestión editorial

  1. Las personas revisoras y editoras actuarán con estricta confidencialidad respecto a los manuscritos recibidos. No cargarán, copiarán ni procesarán manuscritos inéditos, datos sensibles, información confidencial o materiales sujetos a evaluación en herramientas de IA externas, salvo que exista autorización expresa de la revista y condiciones verificables de protección de datos y confidencialidad.
  2. El uso de IA como apoyo editorial se limitará a tareas auxiliares: revisión de formato, detección preliminar de inconsistencias, apoyo lingüístico, gestión de metadatos o mejora técnica del texto, siempre bajo supervisión humana. La IA no podrá sustituir la valoración académica de las personas revisoras ni la decisión editorial del equipo responsable de la revista.

Artículo 19. Protección de datos y privacidad

  1. Los autores, las personas revisoras y el equipo editorial protegerán la información personal, sensible, confidencial o institucional que forme parte de los manuscritos, bases de datos, expedientes editoriales, dictámenes o comunicaciones internas de la revista.
  2. No se introducirán en herramientas de IA datos personales, expedientes clínicos, información privada, archivos institucionales, datos de investigación no publicados o información confidencial sin autorización expresa, anonimización adecuada y cumplimiento de la normatividad aplicable en materia de protección de datos personales.

Artículo 20. No discriminación, diversidad e inclusión en el uso de IA

  1. El uso de inteligencia artificial en los procesos de investigación y edición deberá evitar la reproducción de sesgos, exclusiones, estereotipos o formas de discriminación por razones de género, origen étnico, condición social, discapacidad, edad, lengua, cultura, territorio, orientación, disciplina académica o cualquier otra condición.
  2. La revista reconoce la importancia de la diversidad cultural y lingüística en la producción del conocimiento. El uso de IA se realizará con atención a los contextos locales, regionales y nacionales, evitando homogeneizar formas de expresión, análisis o interpretación propias de cada comunidad académica.

Artículo 21. Actualización de la política sobre IA

Dado el ritmo de evolución de las tecnologías de inteligencia artificial, las disposiciones de este capítulo podrán revisarse y actualizarse con independencia del ciclo general de revisión del Código, cuando así lo demanden cambios relevantes en las buenas prácticas editoriales internacionales, los marcos normativos aplicables o los criterios de indexación de revistas científicas.

Disposiciones transitorias

Única. El presente Código de Ética Editorial entrará en vigor a partir de su publicación en la Internacionales. Revista en Ciencias Sociales del Pacifico Mexicano de la Universidad Autónoma de Sinaloa y será de observancia obligatoria para todos los procesos editoriales de la revista a partir de esa fecha. Su revisión periódica corresponde al Comité Editorial, con una frecuencia mínima de cada tres años, o cuando así lo requieran cambios en los estándares internacionales de ética en la publicación científica.